
Tribunal pone contra el reloj a Essmar: cuatro meses para acabar con la contaminación del agua en El Pando
La justicia ordenó a la empresa ejecutar un plan técnico integral para localizar y eliminar los focos que estarían afectando las redes de acueducto de El Pando, en Santa Marta. Mientras se realizan las intervenciones, los habitantes deberán recibir agua potable por carrotanques u otros mecanismos. La empresa tendrá que rendir informes semanales ante el Tribunal Administrativo del Magdalena.
El agua que llega a los hogares de El Pando ya quedó bajo vigilancia judicial. Después de las denuncias por posibles focos de contaminación en las redes de acueducto del sector, el Tribunal Administrativo del Magdalena concedió una medida cautelar solicitada por la Personería Distrital de Santa Marta y fijó obligaciones concretas para enfrentar una situación que puede comprometer directamente la salud de sus habitantes.
La orden coloca a Essmar E.S.P. contra el reloj: tendrá un plazo máximo de cuatro meses para identificar dónde se está contaminando el agua, determinar las causas, intervenir los tramos afectados y comprobar mediante controles de calidad que el líquido que vuelve a circular por las tuberías sea apto para el consumo humano.
La decisión se produce dentro de una acción popular promovida por la Personería y busca proteger los derechos colectivos a la seguridad y salubridad públicas. Aunque se trata de una medida provisional mientras continúa el proceso judicial, sus órdenes son de obligatorio cumplimiento.
Cuatro meses para encontrar y eliminar los focos
El Tribunal estableció que Essmar deberá diseñar, ejecutar y culminar un plan técnico integral que permita determinar los puntos exactos donde existen focos de contaminación en las redes de El Pando.
La intervención tendrá que ir más allá de una simple inspección. Una vez detectadas las afectaciones, la empresa deberá establecer sus causas y ejecutar las obras necesarias para eliminarlas.
Dependiendo de lo que encuentren los técnicos, las labores podrán comprender aislamiento, reparación, sustitución o sellado de los tramos comprometidos. Después deberán adelantarse procedimientos de limpieza, purga y desinfección antes de normalizar completamente el suministro.
El proceso terminará con controles de calidad que permitan establecer si el agua distribuida en los puntos intervenidos cumple realmente las condiciones exigidas para el consumo humano.
Essmar tendrá que responder cada semana
La empresa tampoco podrá esperar cuatro meses para mostrar resultados. El Tribunal estableció un sistema de seguimiento que permitirá conocer semanalmente qué está ocurriendo con las intervenciones.
Dentro de los primeros 20 días posteriores a la notificación de la providencia, Essmar deberá presentar un cronograma claro y verificable. Allí tendrá que indicar cuáles sectores serán intervenidos, qué actividades técnicas desarrollará, quiénes serán los responsables y cuáles son las fechas previstas para cumplir cada tarea.
A partir de allí tendrá que rendir informes semanales ante el Tribunal Administrativo del Magdalena.
Los reportes deberán especificar los puntos inspeccionados, focos de contaminación encontrados, posibles causas, trabajos ejecutados, resultados alcanzados y actividades previstas para la semana siguiente.
De esta manera, el cumplimiento de la medida quedará sometido a vigilancia judicial permanente.
Agua potable mientras intervienen las tuberías
La providencia también busca impedir que solucionar el problema termine dejando a las familias sin una fuente segura de abastecimiento.
Cuando las intervenciones obliguen a suspender, restringir o aislar el servicio de acueducto en alguna zona de El Pando, Essmar tendrá que garantizar continuamente agua apta para el consumo humano.
La empresa deberá hacerlo mediante carrotanques u otros mecanismos técnicamente adecuados durante todo el tiempo que duren los trabajos.
El suministro alternativo tendrá que mantenerse hasta que los análisis permitan comprobar que el agua distribuida nuevamente por la red cumple con las condiciones de potabilidad.
En otras palabras, la orden judicial obliga a intervenir las tuberías sin trasladarle a la comunidad las consecuencias del problema.
Salud Distrital también queda bajo obligación
La responsabilidad tampoco recaerá exclusivamente sobre Essmar.
El Tribunal ordenó a la Secretaría de Salud Distrital de Santa Marta acompañar las actuaciones y realizar, dentro de sus competencias, las tomas de muestras y análisis necesarios para establecer la calidad del agua.
La dependencia también deberá desarrollar las labores de vigilancia epidemiológica que resulten necesarias y entregar los resultados al Tribunal durante la ejecución de la medida cautelar.
En esos informes tendrá que señalar expresamente si las muestras tomadas en cada uno de los puntos evaluados cumplen las condiciones establecidas para el consumo humano.
Esto permitirá que la verificación sobre la calidad del agua tenga un componente sanitario independiente de las intervenciones realizadas por la empresa de servicios públicos.
Una pelea judicial por algo elemental: agua segura
Para la Personería Distrital, la decisión representa un avance dentro de la acción popular porque transforma las preocupaciones de los habitantes de El Pando en obligaciones concretas, con responsables, fechas y seguimiento judicial.
La medida cautelar todavía no constituye la decisión definitiva sobre la acción popular. Sin embargo, el Tribunal consideró necesario actuar mientras continúa el proceso y ordenó intervenir una situación que puede comprometer las condiciones de salubridad de la población.
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